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AYUDAS PARA LOS AUTONOMOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

Muchos trabajadores autónomos siguen con incertidumbre respecto a que tipo de ayudas se pueden acoger ante la declaración del estado de alarma por el coronavirus. Es evidente que para muchos autónomos ha supuesto un notable descenso de sus ingresos o la suspensión total de su actividad. Por ello, con el fin de ayudar a los autónomos, en CDL – Abogados hemos resumido las ayudas para los autónomos durante el estado de alarma, aprobadas por el Gobierno para paliar los efectos económicos derivados de la crisis sanitaria.

 

Aplazamiento de impuestos

Unas de las medidas aprobadas por el Gobierno es el aplazamiento de impuestos como el IVA o el IRPF.  El primer requisito es que las empresas y los profesionales autónomos que pretendan aplazar el pago se sus impuestos no pueden haber tenido un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.

¿Durante cuanto tiempo podrán aplazarse?

Durante un máximo de seis meses las declaraciones, y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finalice entre el 13 de marzo de 2020 y el día 30 de mayo de 2020. En este sentido, tendrán la opción de devolver el dinero en tres meses y no pagarán intereses.

¿Qué impuestos se pueden aplazar?

  • Los pagos fraccionados del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tanto en estimación directa como en estimación objetiva, respectivamente (modelo 130 y Modelo 131):
  • La declaración trimestral de IVA (Modelo 303) 
  • El pago fraccionado del Impuesto de Sociedades (Modelo 202)
  • Las Retenciones e ingresos a cuenta declarados en los (Modelos 111,115 y 123)

 

Prestación por accidente de trabajo

En el caso de que un trabajador autónomo tenga que estar en aislamiento preventivo por haber tenido contacto directo con un contagiado de Coronavirus o por haberse contagiado él, se considerará que está en situación de incapacidad temporal asimilada a accidente de trabajo, todo ello según el Real Decreto-ley 6/2020.

¿Cuanto cobro por estar en situación de Incapacidad Temporal?

Puede cobrar una prestación económica del 75% de su base reguladora desde el primer día. Lo que significa que,si cotizas por la base mínima de autónomos, 944,40 euros, tu prestación ascenderá a 708 euros.

 

Prestación extraordinaria por cese de actividad

¿Quién la puede pedir?

Los autónomos que hayan tenido que parar su actividad debido a la declaración del estado alarma el 14 de marzo. También se les reconoce a aquellos hayan visto reducidos sus ingresos en un 75% en el mes anterior al que se solicita la prestación, comparado con la media de facturación del semestre anterior.

¿Hay que darse de baja en la Seguridad Social?

No. El trabajador debe estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social y en Hacienda. Además, tienen que estar al corriente en el pago de las cuotas, aunque en la fecha en el que ha cerrado la actividad o reducido su facturación tiene algún pago pendiente, se le invitará a abonar sus deudas en el plazo improrrogable de 30 días naturales y producirá plenos efectos para la adquisición del derecho a la protección.

Repetimos que no es necesario darse de baja ni de Hacienda ni de la Seguridad Social durante la crisis del coronavirus.

¿Se puede acceder, aunque no se tenga el tiempo mínimo cotizado de 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese?

Sí. Recordamos que el Gobierno ha suspendido este requisito, para que todos los profesionales afectados por esta crisis puedan acceder a la ayuda. 

¿Sigo cotizando mientras percibo la ayuda?

Sí. Se entenderá como cotizado de cara a la Seguridad Social y no computará para las prestaciones que se puedan recibir en el futuro.

¿Cuánto se cobra?

El 70% de la base reguladora. Para aquellos que no hayan cotizado 12 meses (el requisito suspendido), será el 70% de la base mínima que es de 944,40 euros para 2020 por lo que cobrarían unos 661 euros.

¿Durante cuanto tiempo la percibiré?

Esta prestación extraordinaria se puede recibir durante un mes desde la declaración del estado de alarma, pero podría ampliarse en función de cómo evolucione la situación.

¿Dónde hay que presentar la solicitud?

A las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, muchas mutuas ya han publicado el formulario y el procedimiento para solicitarlo en sus sitios web.

¿Qué pasa si tengo tarifa plana?

Seguirás pagando tu cuota bonificada. El tiempo en el que se perciba la prestación extraordinaria por cese de actividad se entenderá como cotizado y, una vez todo vuelva a la normalidad, el autónomo seguirá pagando la cuota bonificada.

¿Soy autónomo y tengo trabajadores a cargo?

Los autónomos empleadores, además de la posibilidad de pedir la prestación extraordinaria por cese de actividad, podrán solicitar un ERTE para sus trabajadores por causa de fuerza de mayor, o por causas productivas, organizativas y/o económicas.

 

Ayudas autonómicas y locales

Además de las ayudas del Gobierno central, son muchas las comunidades autónomas las que han lanzado un paquete de medidas para paliar los efectos de la crisis sanitaria sobre las pymes y los autónomos. Para no extendernos y, por una cuestión de proximidad, expondremos únicamente alguna de las medidas aprobadas en Cataluña.

El Departament de Treball de la Generalitat ha aprobado un paquete de 7,5 millones de euros para ayudar a los trabajadores autónomos afectados económicamente por el coronavirus.

Se ha establecido una prestación económica de hasta 2.000 euros para los autónomos que acrediten una reducción involuntaria de su facturación como consecuencia de los efectos del Estado de Alarma.

Para acceder a esta ayuda, los autónomos tienen que estar al frente de alguna actividad suspendida por decreto, y no tener otras fuentes alternativas de ingresos.

El acceso a la ayuda se conseguirá mediante la acreditación de pérdidas económicas en el mes de marzo de 2020 en comparación con el mismo mes del año anterior. Es importante pedirla a partir del día 1 de abril ya que el departamento otorgará esta subvención hasta el agotamiento de la partida presupuestaria y será incompatible con cualquier otra ayuda destinada al mismo fin.

¿Eres autónomo y necesitas ayuda?

En CDL estamos a tu disposición, déjanos tus datos y nos pondremos en contacto con la mayor brevedad posible.


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