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La regulación de los drones de juguete y los destinados exclusivamente a actividades deportivas, recreativas, de competición y exhibición. Parte 1

En los últimos tiempos el sector del dron ha experimentado un importante crecimiento. Sin embargo, en muchas ocasiones, un particular se plantea adquirir uno sin estar informado de los requisitos que debe cumplir para pilotarlo o de por dónde puede volar el dron y en qué condiciones puede hacerlo.

Por ello, en esta primera parte del artículo voy a intentar definir, qué es un dron,  qué requisitos debe cumplir un particular para poder pilotarlo y que requisitos de identificación debe cumplir el dron. Más adelante, en una segunda parte del artículo, expondré cuales son las limitaciones de vuelo que afectan a los drones destinados a actividades recreativas, lúdicas, de competición y/o exhibición o las que se puedan llevar a cabo con un dron de juguete.

 Qué es un dron?

De acuerdo con la normativa de navegación aérea los drones se consideran aeronaves. En este sentido, la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre navegación aérea, considera aeronave cualquier máquina pilotada por control remoto que pueda sustentarse en la atmosfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra.

Por otro lado, el Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, y se modifican el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea (RD 1036/2017), se refiere a los drones como aeronaves civiles pilotadas por control remoto (RPA) y las define como “aeronaves no tripuladas, dirigidas a distancia des de una estación de pilotaje remoto”. Por lo tanto, Indistintamente de su forma o estructura (helicópteros, avión, cuadricópteros, etc), serán drones aquellas aeronaves  que encajen en dicha descripción.

El RD 1036/2017 no resulta de aplicación a los drones que se utilicen exclusivamente para actividades recreativas, de competición i exhibición, así como actividades lúdicas propias de las aeronaves de juguete. No obstante, en sus Disposiciones Adicionales 1ª, 2ª y 3ª, sí que establece en una serie de obligaciones específicas aplicables al uso de drones para estas actividades concretas.

Drones destinados a exhibiciones, competiciones deportivas y usos recreativos.

En este caso nos encontramos ante un uso del dron como entretenimiento o hobby. Hay que precisar que las actividades deportivas o de competición normalmente se llevan a cabo en campos de vuelo autorizados expresamente para estas actividades y que se regulan por los reglamentos de la Real Federación Aeronáutica Española.

Requisitos para pilotarlo

Al contrario que para las actividades profesionales i/o especializadas para pilotar un dron en actividades recreativas, deportivas, lúdicas o de competición:

  1. No es obligatorio tener licencia de piloto
  2. No se precisa tener seguro que cubra la responsabilidad civil ante terceros. No obstante, personalmente recomiendo tener un seguro que cubra dicha responsabilidad civil, ya sea especifico o bien incluida en el seguro del hogar.
  3. Tampoco es necesario disponer de la documentación administrativa de registro o que autorice el vuelo.

Requisitos de identificación

EL RD 1036/2017 establece que cuando se utilicen drones fuera del espacio acotado y autorizado para exhibiciones, vuelos recreativos o competiciones, estos deberán cumplir los siguientes requisitos de identificación.

  1. Los drones deben ir identificados mediante la fijación en su estructura de una placa ignifuga en la que ha de constar nombre del fabricante, tipo, modelo, número de serie, nombre del operador i los datos de contacto de este.
  2. Las estaciones de pilotaje remoto deben de llevar fijada en su estructura una placaidentificativa ignifuga donde conste el nombre del propietario y los datos necesarios para ponerse en contacto con este.

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