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ME QUIERO DIVORCIAR

¿Cómo me puedo divorciar?

Cada día llegan a nuestro despacho infinidad de preguntas sobre el divorcio; ¿Por dónde empiezo?, ¿Cómo y cuándo se lo digo a mi pareja?, ¿Me puedo divorciar si mi pareja no quiere?, ¿Me puedo divorciar de mutuo acuerdo?, ¿Podemos tener el mismo abogado?, ¿Podré tener una custodia compartida?, ¿Tengo derecho a una pensión compensatoria?, ¿Qué pensión de alimentos corresponderá a mis hijos?, y un largo etc.

Estas son solo algunas de las preguntas que nos formulan los clientes cuando vienen a consultarnos al despacho, por eso en el artículo de hoy responderemos vuestras dudas.

¿Cuál es el primer paso para iniciar un divorcio?

El primer paso es intentar hacerlo de mutuo acuerdo. El abogado especialista en divorcios os orientará para poder redactar un convenio amistoso que satisfaga a todas las partes, es la mejor solución por su rapidez y comodidad.

Solo en caso de no llegar a ningún acuerdo, deberá presentarse una demanda de divorcio contencioso, tras la que se fijará fecha para juicio, y el juez dictará Sentencia.

¿Me puedo divorciar si mi marido o mi esposa no quiere divorciarse?

En España no es necesario el consentimiento del cónyuge para poder divorciarse, ni tampoco es necesario separarse legalmente antes de solicitar el divorcio. El único requisito necesario es que hayan pasado más de 3 meses desde el matrimonio.

¿Tipos de divorcio?

Hay dos formas de divorciarse en España: Mediante un divorcio de mutuo acuerdo o un Divorcio Contencioso.

¿Me puedo divorciar de mutuo acuerdo?

En el divorcio de mutuo acuerdo, ambos cónyuges acuerdan no solo divorciarse, sino también la forma en la que se regularán los efectos de ese divorcio (régimen de custodia, relaciones con los hijos, pensión de alimentos, pensión compensatoria, liquidación del régimen económico matrimonial, etc.)

En estos casos los cónyuges pueden estar asesorados por el mismo abogado o por abogados diferentes. Se redacta un convenio de divorcio que firmarán ambos cónyuges en todas sus páginas y que se acompañará a la demanda de divorcio que se presenta en el Juzgado.

El Juzgado citará a los cónyuges para ratificar el convenio de divorcio, tras lo cual se dará traslado al Ministerio Fiscal para su aprobación y finalmente, se dictará Sentencia por el Juez de Familia, aprobando el Convenio.

¿Qué pensión de alimentos les corresponde a mis hijos?

El importe de esta pensión depende tanto de las necesidades de los hijos como de las posibilidades económicas del padre o madre que abona la pensión.

En los casos de custodia compartida, por lo general, no existe obligación de abonar pensión de alimentos, ya que cada progenitor asume los gastos de los hijos en el tiempo que los tiene en su compañía.

Sin embargo, si la situación económica de los progenitores difiere mucho y, sobre todo, si por esta diferencia uno de los cónyuges tiene dificultad para atender los gastos de sus hijos cuando está con él/ella, es posible que se establezca una pensión de alimentos que deberá abonar el cónyuge con mayores posibilidades.

En CDLEGAL contamos con abogados especialistas en Derecho de Familia, con amplia experiencia en este campo, si necesitas asesoramiento o que llevemos tu caso, llámanos.

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